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Inicio - Derechos - - Transporte
 

Transporte

Buenos Aires, 25 de abril de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Asígnase sentido único de circulación a los siguientes tramos de arterias en la forma en que se indica:

-VENTURA BOSCH: desde la calle Murguiondo hasta la calle Tonelero, de O a E.
-SANTIAGO DE CHILE: desde la calle Tonelero hasta la calle Murguiondo, de E a O.

Artículo 2°.- La presente Ley entra en efectiva vigencia una vez instalada la señalización vertical correspondiente.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.517

Sanción: 25/04/2013

Promulgación: De Hecho del 23/05/2013

Publicación: BOCBA N° 4225 del 29/08/2013




 

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