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Buenos Aires, 07 de diciembre de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Modificase el artículo 22 del Título Segundo de la Ley 7, el que quedará redactado del siguiente modo:

"El Tribunal Superior de Justicia dicta su reglamento conforme al artículo 114° de la Constitución de la Ciudad. Su presidente y vicepresidente serán elegidos por mayoría absoluta de votos de los jueces del Tribunal y durarán dos (2) años en el ejercicio de sus funciones".

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.116

Sanción: 07/12/2011

Promulgación: Decreto Nº 069 del 16/01/2012

Publicación: BOCBA N° 3844 del 31/01/2012




 

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