Buenos Aires, 27 de junio de 2013
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Impónese el nombre de "El Jardín de las Calles Románticas" al Jardín de Infantes Nucleado "D" del DE 18°.
Articulo 2°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN RITONDO
CARLOS PÉREZ
LEY N° 4.603
Sanción: 27/06/2013
Promulgación: Decreto Nº 299/013 del 22/07/2013
Publicación: BOCBA N° 4204 del 30/07/2013