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Seguridad Pública

RESOLUCIÓN Nº 357/GCABA//10

Publicada en BOCBA 3403 del 20/04/2010

                                                              Buenos Aires, 12 de abril de 2010

VISTO: Las Leyes N° 2.894 de Seguridad Pública y N° 2.947 Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, los Decretos N° 210/09, N° 55/10 y N° 261/10, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y crea la Policía Metropolitana, la Auditoría Externa Policial y el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que la referida Ley coloca a los organismos precitados bajo la dependencia funcional y jerárquica del Ministro de Justicia y Seguridad, y las respectivas autoridades revisten idéntica jerarquía;

Que el Artículo 54 de la Ley, en su Párrafo 3°, refiriéndose a la Auditoría Externa Policial establece que "Realizará las investigaciones administrativas, sustanciará los sumarios administrativos y propondrá al /la Ministro /a, cuando corresponda las sanciones a aplicar. Cuando de los hechos investigados se pueda presumir la comisión de delitos, la Auditoría comunicará dicha circunstancia al /la Ministro /a a los fines de las presentaciones que pudieran corresponder"; Que el Artículo precedentemente transcripto ha sido reglamentado por el Decreto N° 210/09;

Que el Artículo 70 de la Ley N° 2.947 indica que las sanciones de cesantía y exoneración son resueltas por el /la Ministro /a de Justicia y Seguridad a propuesta de la Auditoría Externa Policial previa instrucción del sumario administrativo correspondiente;

Que el Decreto N° 55/10 modifica la estructura organizativa del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la que se encuentra la Auditoría Externa Policial con rango de Subsecretaría y con tres Direcciones Operativas a su cargo: Investigaciones Administrativas, Control Institucional y Control Ciudadano;

Que también se describen sus responsabilidades primarias, y en el caso particular de la Dirección Operativa de Investigaciones Administrativas, se detallan las acciones que tendrá a su cargo;

Que el Decreto N° 261/10, establece el marco normativo dentro del cuál la Auditoría Externa Policial ejercerá sus funciones;

Que el Artículo 10 de la mencionada norma dice: "La Auditoría Externa Policial elaborará el proyecto de régimen procesal de investigaciones y sumarios administrativos, dentro de los treinta días posteriores a la firma del presente decreto y lo elevará al Ministro de Justicia y Seguridad para su aprobación".

Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 10 del Decreto N° 261/10,

                                        EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

                                                                   RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el "Régimen procesal de investigaciones y sumarios administrativos de la Auditoría Externa Policial", que fuera establecido por el Decreto N° 261/10, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Auditoría Externa Policial, a la Jefatura de la Policía Metropolitana y a la Dirección General de Administración de los Recursos Humanos de la Policía Metropolitana. Cumplido. Archívese. Montenegro

El anexo esta publicado en el BOCBA 3403 del 20/04/2010




 

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