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RESOLUCIÓN Nº 10/GCABA/MJYSGC/11

 

Publicada en el BOCBA 3585 del 17/01/2011

 

                                                                            Buenos Aires, 07 de enero de 2011

VISTO:

Las Leyes N° 2.894 y N° 2.602, el Decreto N° 716/09 modificado por el Decreto N° 1119/09, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.602 regula la utilización por parte del Poder Ejecutivo de videocámaras para grabar imágenes en lugares públicos y su posterior tratamiento, estableciendo un régimen de garantías de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos;

Que por el Decreto N° 716/09 fue reglamentada la Ley N° 2.602, estableciéndose en el Artículo 12 del Anexo aprobado por el mismo, que la Autoridad de Aplicación de dicha norma es el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que corresponde a la Autoridad de Aplicación aprobar el Manual de Procedimiento del Centro de Monitoreo Urbano;

Que la Superintendencia de Comunicaciones y Servicios Técnicos de la Policía Metropolitana ha procedido a elaborar un proyecto de Manual de Procedimiento para el Centro de Monitoreo Urbano, el cual ha recibido la conformidad de la Jefatura de la Policía Metropolitana a través de la Providencia N° 1609619/PMCABA/10.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

 

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase el Manual de Procedimiento del Centro de Monitoreo Urbano de la Policía Metropolitana.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Jefatura de la Policía Metropolitana, a la Auditoría Externa Policial y al Instituto Superior de Seguridad Pública, a los fines previstos en el Artículo 1 de la presente. Cumplido, archívese. Montenegro

 




 

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