Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de diciembre de 2024
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Se homologan las condonaciones de deudas por Gravámenes
Inmobiliarios, Patentes sobre Vehículos y por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos,
autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante las
Resoluciones que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente
Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 182 del Código Fiscal (T. O. 2024) y sus
modificatorias.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
CLARA MUZZIO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6784
Sanción: 12/12/2024
Promulgación: Decreto N° 024/025 del 13/01/2025
Publicación: BOCBA N° 7037 del 14/01/2025
Nota: El Anexo de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 7037 del 14/01/2025.