Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de diciembre de 2024
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Se homologan las condonaciones de deudas por Gravámenes Inmobiliarios, Régimen Convenio Multilateral, Patentes sobre Vehículos y por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, mediante las Resoluciones que se consignan en el ANEXO que forma parte integrante de la presente Ley, en virtud de lo dispuesto en el artículo 182 del Código Fiscal (T. O. 2024) y sus modificatorias.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
Anexo de la Norma
CLARA MUZZIO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6788
Sanción: 12/12/2024
Promulgación: Decreto N° 025/025 del 13/01/2025
Publicación: BOCBA N° 7037 del 14/01/2025