Registro Nacional de Barrios Populares - Adhiérese Ley Nacional.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 26 de septiembre de 2024
Artículo 1º.- Se adhiere a la Ley Nacional N° 27.453 y al Registro Nacional de Barrios Populares creado por el Decreto N° 358/2017 y modificatorios.
Art. 2°.- La Autoridad de Aplicación de la presente será el Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o el organismo que en un futuro lo reemplace.
Art. 3°.- Se faculta a la Autoridad de Aplicación a celebrar los convenios específicos necesarios en el marco de la Ley Nacional N° 27.453.
Art. 4°.- Comuníquese, etc. López - Schillagi
Buenos Aires, 25 de octubre de 2024 Por medio de la presente, certifico que la Ley 6760, en trámite por expediente electrónico N° 37238158-GCABA-DGCCN-2024, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 26 de septiembre de 2024, ha quedado automáticamente promulgada el 17 de octubre de 2024 en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. Kamian