Viernes 22 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Presupuesto y Finanzas - Presupuesto 2020
 
Presupuesto y Finanzas
Presupuesto 2020

                                                  DECRETO N.o 32/20

                                                                     Buenos Aires, 7 de enero de 2020

VISTO: La Ley N° 6.281, el Expediente electrónico N° 39.672.860-GCABA-
DGOGPP/19, y

CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.281, promulgada por el Decreto No 493/19, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2020;
Que de conformidad con la facultad conferida por el artículo 31 de la citada ley,
corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto
General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
para el Ejercicio 2020;
Que asimismo, de acuerdo con las disposiciones del artículo 26 de la Ley N° 6.281, el
Poder Ejecutivo está autorizado para efectuar delegaciones de sus competencias en
materia de reestructuraciones, modificaciones y ampliaciones del presupuesto, a
efectos de desconcentrar y agilizar su gestión.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA

Artículo 1° - Apruébanse las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del
Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2020 que, como Anexo (IF-2020-00748731-
GCABA-DGOGPP), forman parte integrante del presente.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la
Dirección General Asuntos Legislativos, a los Ministerios y Secretarías dependientes
del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Contaduría.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel


 

www.ciudadyderechos.org.ar