Lunes 25 de noviembre de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Presupuesto y Finanzas - Presupuesto 2023
 
Presupuesto y Finanzas
Presupuesto 2023

DECRETO N.º 470/22Buenos Aires, 29 de diciembre de 2022VISTO: La Ley N° 6.594, el Decreto N° 400/22, el Expediente Electrónico N°46.481.654-GCABA- DGOGPP/22, yCONSIDERANDO:Que por la Ley N° 6.594, promulgada por el Decreto Nº 400/22, se aprobó elPresupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la AdministraciónGubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio2023;Que de conformidad con la facultad conferida por el artículo 32 de la citada ley,corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del PresupuestoGeneral de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires para el Ejercicio 2023;Que asimismo, de acuerdo con las disposiciones del artículo 26 de la Ley N° 6.594, elPoder Ejecutivo está autorizado para efectuar delegaciones de sus competencias enmateria de reestructuraciones, modificaciones y ampliaciones del presupuesto, aefectos de desconcentrar y agilizar su gestión;Que por lo expuesto, resulta pertinente dictar el presente acto administrativo.Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNODE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESDECRETA:Artículo 1° - Aprobar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del PresupuestoGeneral de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2023 que, como Anexo (IF-2022-48076438-GCABA-DGOGPP), forma parte integrante del presente.Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda yFinanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de laDirección General Asuntos Legislativos, a los Ministerios y Secretarías dependientesdel Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de BuenosAires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina deGestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Contaduría, ambasdependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Mura.
Anexo - PE-DEC-AJG-AJG-470-22-ANX.pdf







 

www.ciudadyderechos.org.ar