Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de abril de 2018
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Adhiérese al "Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno", instituido por la Ley Nacional 25.917 (B.O. N° 30.470) y su modificatoria 27.428 (B.O. N° 33.782).
Artículo 2°.- La Adhesión al "Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno "formulada en el Artículo 1° es de aplicación a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las Comunas, los organismos descentralizados, entidades autárquicas, las empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y demás entidades del Sector Público no financiero de la Ciudad.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, dictará las normas reglamentarias y/o complementarias instrumentará los procedimientos que resulten necesarios para garantizar la aplicación del Régimen establecido en la Ley Nacional 25.917 y su modificatoria Ley 27.428, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Los Poderes y organismos alcanzados por la presente adhesión deberán proveer al Ministerio de Hacienda, la información que resulte necesaria para dar cumplimiento al Régimen instituido por la Ley Nacional N° 25.917 y su modificatoria Ley 27.428.
Artículo 5°.- Cada uno de los Poderes y organismos mencionados en el artículo 2° de la presente ley es responsable del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la presente adhesión.
Artículo 6°.- Comuníquese, etc.
FRANCISCO QUINTANA
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5955
Sanción: 12/04/2018
Promulgación: Decreto Nº 141 del 11/05/2018
Publicación: BOCBA N° 5374 del 16/05/2018