DECRETO Nº 2098/97
Publicado en el BOCBA 427 del 2098
Buenos Aires, 30 de diciembre de 1997
Visto el Expediente N° 83.182-97, por el cual se propicia un ajuste del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos en Vigor, y
CONSIDERANDO:
Que, las modificaciones presupuestarias que se gestionan obedecen a la necesidad de contar con los créditos que permiten afrontar compromisos que no admiten postergación;
Que, la aplicación de la citada norma legal permitirá un normal desarrollo en lo que concierne a la ejecución presupuestaria que durante el ejercicio en curso se llevará a cabo en las Unidades Ejecutoras afectadas;
Que, se incluye el aumento de las partidas 40.11.00.00.00.2.1.1.2.9.9 "Bienes de Consumo Otros Bienes de Consumo" en la suma de pesos cinco millones ochocientos ochenta y un mil trescientos cincuenta ($ 5.881.350.) y 50.05.00.00.00.2.1.1.2.9.9. "Bienes de Consumo Otros Bienes de Consumo" en la suma de pesos veinticuatro mil seiscientos veinte ($ 24.620) provenientes del saldo no invertido del Decreto N° 1.772-92 del ejercicio 1.996, y la cuenta especial para la Tercera Edad del ejercicio de 1997, respectivamente, aumentándose correlativamente el Cálculo de Recursos en la parte correspondiente;
Que, por la causa precedentemente expuesta, la presente gestión se efectúa de conformidad con las facultades emanadas del artículo 13 de las Normas Permanentes de Ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aprobadas por la Ordenanza Nº 43.311 y sus modificatorias, teniendo en cuenta las limitaciones establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza N° 51.267;
Por ello, en uso de las facultades conferidas en el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, conforme al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Art. 2° - Exceptúense las modificaciones indicadas en el artículo anterior de las disposiciones contenidas en el artículo 12 de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Ejercicio 1.997, aprobadas por Decreto N° 845-GCBA-96.
Art. 3° - El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Planificación Presupuestaria, a la Dirección General Contaduría General y a la Dirección General Administración de Recursos Humanos, cumplido, archívese por el término de cinco años.