Buenos Aires, 20 de mayo de 2002
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Apruébase el "Acta Acuerdo" celebrada por el Señor Ministro del Interior, Dr. Jorge Matzkin, el Señor Ministro de Economía, Lic. Roberto Lavagna, la Señora Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, Dra. Graciela Giannettasio, y el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Aníbal Ibarra, a los 20 días del mes de mayo de 2002,en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que como Anexo forma parte de la presente Ley.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
LEY Nº 947
Sanción: 20/05/2002
Publicación: BOCBA Nº 1607 del 13/01/2003
CONVENIO N° 22/02
ACTA ACUERDO
Entre el Estado Nacional, representado en este acto por el Sr. Ministro del Interior, Dr. Jorge Matzkin, el Sr. Ministro de Economía, Lic. Roberto Lavagna y la Sra. Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología, Dra. Graciela Giannettasio por una parte y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, representado por el Sr. Jefe de Gobierno, Dr. Aníbal Ibarra, por la otra, manifiestan lo siguiente:
PRIMERA: Que el Gobierno Nacional reconoce adeudar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la suma de pesos ochenta y dos millones cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos siete con 71/100 ($ 82.488.607,71), de acuerdo a la siguiente desagregación por conceptos:
Deuda Servicios Educativos de Gestión Pública y Privada Actas Complementarias al Convenio de Transferencia de Servicios N° 4 del 30/11/93 y N° 11 del 1°/1/95. Período Enero – Diciembre 2000 y 2001 |
$ 34.011.250,00 |
Deuda artículo 8° de la Ley N° 23.548 Período Agosto – Diciembre 2001 |
$ 44.221.262,00 |
Deuda Fondo de Incentivo Docente Ley N° 25.053 reconocida en Acta Complementaria N° 1/2001 Período Enero – Junio 2001 |
$ 4.256.095,71 |
TOTAL |
$ 82.488.607,71 |
SEGUNDA: Que el Gobierno Nacional incorporará los créditos necesarios para cancelar las sumas adeudadas en el Proyecto de Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2003.
TERCERA: Que la presente Acta Acuerdo deberá ser refrendada por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
De plena conformidad se firman dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Buenos Aires, a los 20 días del mes de mayo de 2002. IBARRA (por G.C.A.B.A.) – Matzkin (por Ministerio del Interior) - Lavagna (por Ministerio de Economía) – Giannettasio (por Ministerio del Educación, Ciencia y Tecnología)