Buenos Aires, 02 de octubre de 2003
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Nº 47/02, celebrado el 18 de noviembre de 2002 con el Estado Nacional y Estados Provinciales.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
JORGE ARGUELLO
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.104
Sanción: 02/10/2003
Promulgación: Decreto Nº 2000 del 29/10/2003
Publicación: BOCBA N° 1810 del 04/11/2003
ANEXO 47/02
CONSENSO POLÍTICO - LOS 12 PUNTOS DEL ACUERDO POLÍTICO ECONÓMICO Y SOCIAL - FIRMA DE CONVENIOS - SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS - ESTADO NACIONAL - ESTADOS PROVINCIALES - MUNICIPALIDADES - CONVENIOS CON LA NACIÓN - CONVENIOS CON LAS PROVINCIAS - PROGRAMAS SOCIALES - PLAN DE EMERGENCIA NACIONAL - ACUERDOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO - ESTABILIDAD CAMBIARIA - REACTIVACIÓN DE LA PRODUCCIÓN - REBAJA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - RENUNCIA DEL PRESIDENTE DE LA NACIÓN - FECHA DE ELECCIONES GENERALES - SUSPENSIÓN DE LEYES - LEY 25611 - ACUERDOS BILATERALES PARA EL FINANCIAMIENTO ORDENADO 2003 - RATIFICACIÓN - ACUERDO DE FINANCIAMIENTO ORDENADO 2002 - LEY DE PRESUPUESTO 2003 - ELIMINACIÓN DE PLANES DE COMPETITIVIDAD - MODIFICACIÓN - LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS - FACULTAD DEL CONGRESO DE LA NACIÓN DE SANCIONAR NORMAS SOBRE MORATORIAS IMPOSITIVAS - LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS - EJECUCIONES - UNIDAD DE EMERGENCIAS LEGALES - COMISIÓN PARLAMENTARIA - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES - BODEN - CEDRO
Convocados por el Señor Presidente de la Nación, los Señores Gobernadores de las Provincias Argentinas y los líderes parlamentarios nacionales, reunidos en la Quinta Presidencial de Olivos acuerdan:
1. Reafirmar la vocación de Argentina de integrarse al mundo, respetar los Acuerdos Internacionales suscriptos y arribar a acuerdos convenientes a los intereses nacionales con los organismos multilaterales de crédito.
2. Sostener y ampliar los programas sociales y mejorar su aplicación para combatir con eficiencia los efectos de la pobreza y la indigencia. Lanzar de inmediato en todo el territorio nacional un plan de emergencia, con la participación de organismos del Estado Nacional, las provincias y los municipios, organizaciones no gubernamentales y la ciudadanía solidaria.
3. Garantizar la estabilidad cambiaria, el cuidado de las reservas y el control de la inflación, alentando con medidas e instrumentos adecuados la reactivación del aparato productivo.
4. Valorar la rebaja de dos puntos en el IVA con el fin de reactivar el consumo y establecer que el Estado Nacional absorbe totalmente el costo fiscal de la medida.
5. Impulsar durante la presente semana el tratamiento Parlamentario de la renuncia del Presidente de la Nación al 25 de mayo de 2003 y proponer como fecha de elecciones generales para presidente y vicepresidente el 27 de Abril de 2003 y la segunda vuelta el 18 de mayo.
6. Instrumentar, antes de la primera quincena de febrero de 2003, la negociación de los acuerdos bilaterales para el financiamiento ordenado del 2003, correspondiente a la ratificación legislativa en los casos que fuere necesario. Asimismo se ratifica el acuerdo de financiamiento ordenado del 2002.
7. Aprobar antes de la finalización del año 2002 el proyecto de Ley Cálculo de Recursos y Presupuesto de gastos de la Administración nacional para 2003, con las normas tributarias incluidas en el mismo, limitando la afectación de las partidas de $3.500 millones, y explicitando ahorros por ejecución presupuestaria de $1.000 millones.
8. Incluir en dicha Ley la eliminación de los planes de competitividad.
9. Modificar la ley de entidades financieras, teniendo como objetivo la inclusión de medidas en materia de transferencia de activos bancarios y la eliminación de normas que implican restricciones o discriminan a funcionarios encargados de llevar a cabo procesos de rehabilitación, cuando actúen de buena fe y en el marco de las normas existentes.
10. Propiciar la aprobación del proyecto de Ley con sanción de la Cámara de Diputados de la Nación que restituye la facultad del Congreso Nacional de sancionar normas sobre moratorias impositivas.
11. Mantener las actuales normas que regulan el funcionamiento de la Ley de Quiebras y constituir en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional una unidad de emergencias legales para ejecuciones extrabancarias. Asimismo, ratificar el acuerdo del gobierno con las entidades representativas del sector financiero y comprometerse a no sancionar ninguna legislación que prorrogue la suspensión de las ejecuciones hipotecarias y prendarias. La Administración Federal de Ingresos Públicos instrumentará un régimen informativo sobre este tipo de acciones judiciales.
12. Consolidar la normativa vigente vinculada a la cancelación de obligaciones de deudores al sistema financiero con BODEN y CEDRO únicamente.