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Inicio - Derechos - Convenios - Interjurisdiccional (Conv.)
 
Convenios
Interjurisdiccional (Conv.)

Buenos Aires, 26 de junio de 2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Acta Acuerdo, celebrada entre el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el entonces Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Señor Jorge Telerman y por el señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, Arq. Julio M. De Vido, suscripto con fecha 03 de septiembre de 2007 y registrado como Convenio N° 34/2007, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 2.773

Sanción: 26/06/2008

Promulgación: Decreto N° 883 del 22/07/2008

Publicación: BOCBA N° 2980 del 28/07/2008


                                                              ANEXO



ACTA ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INIY'ERSI6N PlIBLICA y SERVICIOS DE LA NACION y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BIJENOS AIRES



En, la CIUDAD AUTÓNOMA De BUENOS AIRES, el MTNISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN

PUBLICA Y SERVICIOS de la Nación, representando por el Serlor Ministro, Arq. Julio M. DE VIDO, en adelante EL MINiSTERlO y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , Sr. Jorge Telerman, en adelante LA CIUDAD, denominadas conjuntamente LAS PARTES Y de acuerdo a los antecedentes que a continuación se detallan:

Que con fceha 27 de febrero de 2006 EL MINISTERIO la Sociedad Central de Arquitectos suscribieron un Convenio a efectos de establecer las pautas para la realización del Llamado a Concurso Nacional de Internacional antiproyectos de Arquitectura y Adecuación Urbana Complejo Cultural Bicentenario (Ex Palacio de Correos y Telecomunicaciones).

Que con fecha 30 de mayo de 2006, LA CIUDAD y la Sociedad Central de Arquitectos suscribieron un Convenio para la realización del llamado a Concurso Nacional e Internacional de Anteproyectos de Arquitectura Y Adecuación Urbana, Complejo Cultural del Bicentenario (Ex Palacio de Correos y Telecomunicaciones) y Parque del Bicentenario.

Que con fecha 8 de nuviembre de 2006, EL MINISTERIO y LA CIUDAD, suscribieron un Acta Acuerdo a fin de ratificar los convenios mencionados y continuar desarrollando, para la consecución de su objeto, las tareas que se requieran en sus respectivos ámbitos.

Que en virtud de dichos Convenios El MINISTERIO, la Secretaria de Cultu ra de la Nación y LA CIUDAD convocaron a través de la Sociedad Central de Arquitectos, a un Concurso Nacional e Internacional de Anteproyectos de Arquitectura y Adecuación Urbana, Complejo Cultural Bicentenario e ¡deas para la Adecuacion de su entorno



a) Plaza del Correo.



b) Centro de Trasbordo con el consiguiente reordenamiento del tránsito y de transporte, en el marco de su competencia.


    Diseño de los espacios públicos del entorno inmediato del ex Palacio de Correos Telecomunicaciones.


resultando ganadores del mismo los arquitectos Enrique Bares, Federico Bares. Nicolas Bares, Daniel Becker, Claudio Ferrari y Florencia Schnack.

Que dicho Concurso comprendía dos aspectos: 1) el anteproyecto para el edificio del Palacio de Correos y Telecomunicaciones y 2) las ideas urbanísticas para el entorno, urbano inmediato.

Que la Ciudad acompaña la iniciativa de celebrar el Bicentenario de la Revoluclón de Mayo comprometiendo su actuación en el entorno urbano del Cumpejo del Bicentenario que funcionará en el edificio del ex Palacio de Correos y Telecomunicaciones de la Ciudad de Buenos Arres.,

Que LA CIUDAD Y EL MINISTERI0, asumiendo el compromiso de máximo espiritu de colaboración para la mejor ejecución de este proyecto, interpretando la conveniencia reciproca que la realización del mismo les implica. acuerdan promover las acciones necesarias para la concreción de este poyecto.

Que en este sentido el inicio de las tareas de definición del proyecto ejecutivo para el Centro Cultural hace necesario el trabalo conjunto de EL MINISTERIO, LA CIUDAD y los proyectistas con los diferentes organismos de LAS PARTES que tienen incumbencia en el seclor:



En Virtud de lo expuesto, las partes acuerdan:


PRIMERO: Las partes asumen el compromiso de aunar sus mayores esfuerzos en pos. de la concreción de los proyectos de remodelación del Centro Cultural del Bicentenario (Edificio ex Palacio de Correos y Telecomunicaciones) y de Su Entorno Urbano inmediato, mediante la coordinación y realización de todas aquellas tareas, trámites y gestiones que resulten necesarios en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.


SEGUNDO: La ciudad se compromete a realizar el proyecto y la obra del Entorno Urbano del Centro Cultural del Bicentenario, cuyo perímetro está delimitado por las Avdas. Leandro N. Alem, Corrientes, Eduardo Madero y la calle Perón, el incluye:

TERCERO: Las partes consideran que resulta conveniente para el logro de ¡os objetivos previstos en el presente convenio, disponer la pealün¡llización de la calle Bouchard entre Corrientes y Perón y la calle Sarmiento entre Bouchard y Leandro N. Alónl, a tal fin, LA CIUDAD sc compromete a someter a la aprobación de la LEGISLATURA del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES el correspondiente proyecto de Ley.


CUARTO: EL MINISTERIO, en el marco de su competencia, y a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN. participará en la definición de los aspectos relativos al Transporte Público de Pasajeros, que fueren alcanzadas por el proyecto para el Centro de Transbordo citado en la Cláusula SEGUNDA. El Ministerio, se compromete asimismo a dictar los actos administrativos pertinentes a efectos de realizar las adecuaciones que resultaren necesarias durante la ejecución de las obras, para la reestructuración de la circulación del tr¡ansporte público automutor de pasajeros que prestare servicios en el perímetro delimitado en dicha Cláusula.

QUINTO: LAS PARTES consideran conveniente que el Centro Cultural Bicentenario conforme surge del proyecto ganador. cuente en su espacio bajo vía pública con cocheras para el uso oficial no comercial, accesos vehiculares y peatonales; y ductos de ventilación.

Para el logro de tal objetivo LA CIUDAD se compromete a someter a la aprobaclón de la. LEGlSLATURA del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. un proyecto de Ley a efectos de obtener la autorización para el uso exclusivo del espacío bajo via pública a favor del GOBIERNONACIONAL. con cargo de realizar sesenta y cuatro (64) cocheras de uso oficial no comercial, accesos vehículares y peatonales y ductos de ventilación para el predio Correo Central.

Operadas las operaciones pertinentes, EL MINISTERIO se compromete a elaborar a través de terceros, el proyecto que demande la ejecución de las obras incluidas en la presente cláusula y a efectuar las gestiones necesarias para financiar la ejecución del proyecto a su cargo


SEXTO: La Ciudad dispondrá un predio para emplazar el OBRADOR para la ejecucicion de la obra del Centro Cultural del lBicentenario. A tal fin EL MINISTERIO deberá presentar previamente el Estudio de Resistencia de Suelos y de Estructura donde se emplazara el Obrador. previa conformidad de la Comisión Ad-Hoc, creada por la Cláusula OCTAVA del presente sobre las dimensiones, ubicación - dentro del predio circundante y plazo por el cual se permisionará el uso.


SÉPTIMO: En la ejecución de la obra del Edificio del Centro Cultural del Bicentenario. EL MINISTIERIO se compromete a contemplar los requisitos establecidos por la normativa vigente en la materia.


OCTAVO: A ¡os fines de la aplicación e interpretación de lo acordado en el presente Convenio, y con carácter de Autoridad de Aplicación, las partes firmantes constituyen una Comisión Ad- Hoc connformada por el MINISTERIO DE PLANEAMIENTO y OBRAS PUBLlC AS del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS BUENOS AIRES, en representación de la CiUDAD, y por la SUBSECRETARiA DE OBRAS PÜBLICAS organismo dependiente del MINISTERIO DE PLANIFlCACIÓN. FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS. en representación de EL MINISTERIO.

La Comisión Ad - Hoc podrá ejercer su competencia, o por delegacion en uno varios profesionales lidóneos y establecera los cronogramas, plazo de obra y demás cuestiones técnicas que hagan al cumplimiento de los compromiscos asumidos en el presente acuerdo por LAS PARTES, de modo compatible y congruente con los fines perseguidos


NOVENO: Para cualquier cuestión de interpretación de ejecución emergente o vinculada con la presente Acta Acuerdo, LAS PARTES se someten a la competencia de los Tribunalles en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o Jurisdicciones distinta que por cualquier causa pudiera corresponderles, con domicilios especiales a los fines de la presente en los que se indican a continuacion el MINISTERIO en la calle Hipólito Irigoyen N 250, Piso 2°, Oiicina CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y LA CIUDAD en la calle 1. de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, de conformidad a lo indicadopor la Ley 1218 y la Resolución Nº 77 GCABA-PG-06, donde serán válidos notificac¡ones fehacientes que se cursen entre ellos, sean éstas extrajudiciales.

En prueba de conformidad y ratificación de los acuerdos se suscribe la presente del Acuerdo en dos (2) eJemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.




 

www.ciudadyderechos.org.ar