Buenos Aires, 14 de agosto de 2008
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Apruébase el "Protocolo General de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Ámbito Cultural", celebrado con fecha once de diciembre de 2007, suscripto entre la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad de Madrid, representada por el señor Consejero, Don Santiago Fisas Ayxelá y el Ministerio de Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por su titular, Ingeniero Hernán Santiago Lombardi, ratificado mediante Decreto N° 14/GCABA/2008, y registrado ante la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires, con fecha 30/01/08 bajo el N° 4.141, cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 2.824
Sanción: 14/08/2008
Promulgación: Decreto Nº 1.092 del 08/09/2008
Publicación: BOCBA N° 3013 del 12/09/2008
ANEXO PUBLICADO EN BOCBA Nº 3013 DEL 12/09/2008