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Inicio - Derechos - Convenios - Internacional (Conv.)
 
Convenios
Internacional (Conv.)

Buenos Aires, 16 de julio de 2002

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Nro.7/01 que contiene la Declaración de Intención de Cooperación entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Ciudad y el Condado de San Francisco, Estados Unidos, celebrado el 12 de marzo de 2001.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

MARIA CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 821

Sanción: 16/07/2002

Promulgación: Decreto Nº 957 del 14/08/2002

Publicación: BOCBA N° 1507 del 20/08/2002

CONVENIO N° 7

DECLARACIÓN DE INTENCIÓN DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES Y LA CIUDAD Y EL CONDADO DE SAN FRANCISCO-ESTADOS UNIDOS

Buenos Aires, 12 de marzo de 2001

En ocasión de la visita del Alcalde de San Francisco a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Recordando los históricos lazos de amistad que unen a los pueblos de Argentina y los Estados Unidos, y a sus dos ciudades capitales.

Teniendo en cuenta el excelente estado de las relaciones bilaterales.

Considerando que ambas ciudades han desarrolaldo una importante experiencia en el manejo de los múltiples aspectos vinculados a la gestión urbana, susceptible de ser intercambiado en mutuo beneficio de sus habitantes.

Los jefes de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Ciudad de San Francisco declaran:

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno de San Francisco afirman su voluntad de intensificar los esfuerzos comunes por una mayor colaboración e intercambio en los ámbitos de sus experiencias legales.

La Cooperación entre Buenos Aires y San Francisco se concentrará en una primera etapa en aquellas áreas identificadas como de mutuo interés, susceptible de facilitar una cooperación concreta, entre ellas:

  • turismo
  • políticas multiculturales
  • infraestructura urbana

Las modalidades para llevar a cabo la cooperación anunciada serán las siguientes:

  • Intercambio de información
  • Consultas técnicas
  • Intercambio de expertos

Ambos gobiernos definirán de manera práctica y sobre una base ad hoc, la realización de viajes o consultas orientadas al cumplimiento de los objetivos de la presente declaración.

Firmado en Buenos Aires el 12 de marzo en dos ejemplares en idioma español e inglés, todos igualmente válidos.

 Ibarra (por G.C.B.A.) 

Brown Jr. (por el Condado de San Francisco)




 

www.ciudadyderechos.org.ar