Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de marzo de 2019
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Específico de Cooperación suscripto entre el Ministerio de Transporte de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se adjunta a la presente como Anexo I.
Artículo 2°.- Apruébanse las normas urbanísticas especiales de detalle para el Distrito EE - - 49 Estación Terminal de Ómnibus de Larga Distancia --Retiro, que como AnexoIII forma parte de la presente ley, e incorpóranse al punto 1.6.46 EE-49 Estación Terminal de Ómnibus de Larga Distancia - Retiro, del Anexo II del Código Urbanístico.
Artículo 3°.- Dispónese la apertura y afectación a vía pública del sector delimitado en el Anexo II, Plano N° 1.6.46 como "CALLE A ABRIR (deslinde Distrito U60)".
Artículo 4°.- Encomiéndese a la Subsecretaría de Planeamiento, o al organismo que en el futuro la reemplace, la incorporación al Código Urbanístico del texto y plano obrante en los Anexos II y III, así como la modificación de las Planchetas N° 8 y 13 del mencionado Código, de acuerdo con lo establecido en la presente ley.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
FRANCISCO QUINTANA
CARLOS PÉREZ
LEY N° 6152
Sanción: 28/03/2019
Promulgación: Decreto Nº 140 del 12/04/2019
Publicación: BOCBA N° 5599 del 16/04/2019
Nota: Los Anexos I y II de la presente Ley fueron publicados en la Separata del BOCBA N° 5599 del 16/04/2019.