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Inicio - Derechos - Convenios - Servicios Públicos (Conv.)
 
Convenios
Servicios Públicos (Conv.)

Buenos Aires, 26 de junio de 2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Apruébase el Convenio Tripartito celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el entonces Jefe de Gobierno, Señor Jorge Telerman, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representado en dicho acto por su titular, el Arq. Julio De Vido y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado en dicho acto por el entonces Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Ing. Felipe Solá, con fecha 12 de octubre de 2006 y registrado bajo el N° 34/06, cuya copia autenticada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

JUAN CARLOS OLMOS

CARLOS PÉREZ

LEY N° 2.760

Sanción: 26/06/2008

Promulgación: Decreto Nº 898 del 23/07/2008

Publicación: BOCBA N° 2982 del 30/07/2008

El Anexo de la presente Ley fue publicado en el BOCBA Nº 2982 del 30/07/2008.




 

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