Buenos Aires, 14 de diciembre de 2005
Visto la Resolución CM N° 977/05 y lo dispuesto por el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución CM N° 977/05, se estableció la sede de los Juzgados en lo Contravencional y de Faltas Nros. 1 y 3, a partir del día 15 de diciembre de 2005, en el inmueble sito en la calle Tacuarí 138 de esta ciudad;
Que, en atención al estado de avance de las obras de infraestructura en el referido edificio, y efectuada la correspondiente consulta con los señores titulares de las unidades jurisdiccionales comprendidas, se juzga conveniente proseguir con la instalación escalonada de las dependencias del fuero Contravencional y de Faltas destinadas a dicha sede;
Que, en primer término, cabe disponer el traslado de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 2, 7, 19, 20, 21 y 22, fijando su sede en Tacuarí 138 a partir del día 30 de diciembre de 2005;
Que, en una segunda etapa, se trasladarán los Juzgados Nros. 5, 8, 10, 11, 14, 16, 17 y 18 del mismo fuero e instancia, estableciendo su sede en dicho inmueble a partir del día 4 de febrero de 2006;
Que, a fin de poder efectuar tales mudanzas, resulta menester declarar como inhábiles los días 27, 28 y 29 de diciembre del corriente año para los Juzgados Nros. 2, 7, 19, 20, 21 y 22 y los días 1, 2, y 3 de febrero de 2006 para los Juzgados 5, 8, 10, 11, 14, 16, 17 y 18, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias;
Que los Juzgados Nros. 25 y 26 del mismo fuero e instancia tendrán asiento en la sede de la calle Tacuarí 138, a partir del día 1° de marzo de 2006, fecha de inicio de sus actividades de recepción y tramitación de causas, atención al público e incorporación al cuadro de turnos, conforme lo dispuesto por Resolución CM N° 937/05;
Que, asimismo, debe establecerse la sede del Juzgado en lo Contravencional y de Faltas N° 27, el que tendrá asiento en el inmueble sito en Beruti 3345, a partir del 1° de marzo de 2006, en que también dará inicio a las actividades referidas en el párrafo precedente;
Que, finalmente, corresponde instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Infraestructura y Obras y al Departamento de Tecnología e Informática para que adopten las medidas necesarias a fin de posibilitar el traslado de las citadas unidades jurisdiccionales en las fechas previstas;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Artículo 1° - Establecer la sede de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 2, 7, 19, 20, 21 y 22, a partir del día 30 de diciembre de 2005, en la calle Tacuarí 138.
Artículo 2° - Declarar como inhábiles para los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas referidos en el artículo 1°, los días 27, 28 y 29 de diciembre de 2005, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.
Artículo 3° - Establecer la sede de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 5, 8, 10, 11, 14, 16, 17 y 18, a partir del día 4 de febrero de 2006, en la calle Tacuarí 138 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4° - Declarar como inhábiles para los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas referidos en el artículo 3°, los días 1, 2 y 3 de febrero de 2006, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.
Artículo 5° - Establecer la sede de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 25 y 26, a partir del día 1° de marzo de 2006, en la calle Tacuarí 138 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6° - Establecer la sede del Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N° 27, a partir del día 1° de marzo de 2006, en la calle Beruti 3345 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 7° - Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Infraestructura y Obras y al Departamento de Tecnología e Informática para que adopten las medidas necesarias a fin de posibilitar la mudanza e instalación de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas referidos en los artículos 1°, 3°, 5° y 6° de la presente, en las fechas respectivamente previstas.
Artículo 8° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese.