RESOLUCIÓN N° 977 - CMCABA
Establece sedes de juzgados
Buenos Aires, 29 de noviembre de 2005.
Visto el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que, en el ámbito de la Comisión Auxiliar de Autonomía y Autarquía del Ministerio Público, se ha puesto de manifiesto la necesidad de readecuar los espacios físicos asignados a las diversas unidades con asiento en la sede de Combate de los Pozos 155;
Que, si bien el estado de avance de las obras de infraestructura en el inmueble de Tacuarí 138 no permite instalar la totalidad de las dependencias previstas, resulta posible disponer el traslado a dicho inmueble de los Juzgados en lo Contravencional y de Faltas Nros. 1 y 3 -cuya sede actualmente se encuentra ubicada en el edificio referido en el párrafo precedente- a fin de permitir la plena utilización por parte del Ministerio Público de los espacios disponibles;
Que, a fin de poder efectuar dichas mudanzas, resulta menester declarar como inhábiles los días 12, 13 y 14 de diciembre del corriente año, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias;
Que, asimismo, corresponde instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Infraestructura y Obras y al Departamento de Tecnología e Informática para que adopten las medidas necesarias a fin de posibilitar el traslado de las citadas unidades jurisdiccionales en la fecha prevista;
Que, por otra parte, teniendo en vista la posibilidad de que a la fecha de mudanza no se encuentre plenamente instalado el servicio de telefonía en la sede de Tacuarí 138, resulta conveniente asignar temporariamente teléfonos celulares a los titulares de los Juzgados en lo Contravencional y de Faltas Nros. 1 y 3;
Que, para el caso de no contarse con equipos de telefonía móvil disponibles, corresponde autorizar a la Dirección de Programación y Administración Contable para que reintegre a los Sres. Magistrados los gastos de sus teléfonos celulares particulares, generados en razones de servicio;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1° - Establecer la sede del Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N° 1, a partir del día 15 de diciembre de 2005, en la calle Tacuarí 138 -piso 9° contrafrente- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2° - Establecer la sede del Juzgado de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas N° 3, a partir del día 15 de diciembre de 2005, en la calle Tacuarí 138 -piso 10 frente- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3° - Declarar como inhábiles para los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 1 y 3, los días 12, 13 y 14 de diciembre de 2005, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 1.5 primer párrafo y 1.5.2 del Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial aprobado por Resolución CM N° 152/99 y sus modificatorias.
Artículo 4° - Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones, a la Dirección de Infraestructura y Obras y al Departamento de Tecnología e Informática para que adopten las medidas necesarias a fin de posibilitar la mudanza al inmueble de la calle Tacuarí 138 los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 1 y 3, durante las fechas referidas en el artículo anterior.
Artículo 5° - Instruir a la Dirección de Compras y Contrataciones para que, en caso de contar con unidades disponibles, proceda a asignar teléfonos celulares a los titulares de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 1 y 3, a partir de su traslado y hasta la plena puesta en funcionamiento del servicio de telefonía en el inmueble de la calle Tacuarí 138.
Artículo 6° - Autorizar a la Dirección de Programación y Administración Contable para que, en caso de no ser posible la asignación de equipos de telefonía móvil prevista en el artículo precedente, se reintegre a los titulares de los Juzgados de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas Nros. 1 y 3, los gastos de sus teléfonos celulares particulares, generados en razones de servicio.
Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página de internet del Poder Judicial, comuníquese a todas las dependencias y, oportunamente, archívese. Rosenfeld - Iráizoz - Cavaliere - Castorino - De Stefano - May Zubiría - Garavano (momentáneamente ausente) – Baldomar