Visto la importancia de crear un Centro de Estudios que
promueva, fortalezca y consolide las instituciones de la Ciudad de
Buenos Aires, y
CONSIDERANDO que:
Es
misión de la Defensoría defender, proteger y promover los derechos
humanos y demás derechos y garantías e intereses individuales,
colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás leyes
fundamentales, frente a los actos, hechos u omisiones de la
administración, prestadores de servicios públicos y de las fuerzas que
ejerzan funciones de policía de seguridad local;
Asimismo
se encuentran comprendidos en esta tutela los actos de naturaleza
administrativa del Poder Judicial, Poder Legislativo y los órganos de
control;
El cumplimiento de dicha misión está ligado
indisolublemente con el conocimiento exhaustivo e integral de las
políticas públicas que aplican los poderes de la Ciudad y, en su caso,
el sector privado;
Tales conocimientos deben
complementarse con los marcos históricos, geográficos, de modernas
técnicas de gerenciamiento estatal y conducción de equipos, incluyendo
las tecnologías de la información a fin de dotar a los agentes del
sistema estatal de un bagaje de saberes y herramientas que optimicen su
gestión;
Para la consecución de dicho objetivo es
necesario conformar un ámbito de estudio, investigación, seguimiento,
evaluación y propuestas de políticas públicas, locales y comparadas,
aplicadas y/o aplicables en la Ciudad de Buenos Aires;
Todo
ello hace no sólo a un más eficaz control de la administración pública
sino también a la conformación de un sistema orgánico de garantías a fin
de que las normas constitucionales tengan efectiva y permanente
vigencia real;
Por todo ello se conforma un centro que no
tan sólo capacite al personal propio sino que también pueda firmar
convenios con otros entes o instituciones de capacitación así como
brindar la propia abiertamente a todos los agentes del sistema estatal
que se interesen. En consecuencia se estima conveniente la apertura en
la elaboración de contenidos hacia un conjunto de académicos o
especialistas que a través de la interacción multidisciplinaria
enriquezcan las iniciativas,
Dicho Centro de Estudios
para el Fortalecimiento Institucional pasará a llevar a cabo las
funciones de la Oficina de Investigación y Capacitación prevista en la
Disposición N° 24/05 y coordinará sus acciones con las Áreas y Oficinas
del Organismo a través de una Secretaría Ejecutiva con dependencia
directa del Defensor/a;
Por todo ello,
LA DEFENSORA DEL PUEBLO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Artículo
1° - Créase el Centro de Estudios para el Fortalecimiento Institucional
(CEFI), con dependencia directa del Defensor/a, cuyas misiones y
funciones como Anexo forman parte de la presente disposición a todos sus
efectos, el que a los fines administrativos tendrá la jerarquía de
Área.
Artículo 2° - Créase el Consejo Asesor Académico,
en el ámbito del Centro de Estudios para el Fortalecimiento
Institucional el que se constituirá con personalidades relevantes. El
desempeño de sus integrantes será ad-honorem.
Artículo 3° - Modifíquense los Anexos I y II de la Disposición N° 24/05 del 30/3/05, publicada en el B.O. N° 2176, del 24/4/05.
Artículo
4° - Intégrese al CEFI la responsabilidad primaria y acciones de la
Oficina de Investigación y Capacitación creada por la disposición
nombrada en el artículo precedente y aféctese al mismo su personal y
equipamiento.
Artículo 5° - Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
ANEXOS
https://boletinoficialpdf.buenosaires.gob.ar/util/imagen.php?idn=84922&idf=1
https://boletinoficialpdf.buenosaires.gob.ar/util/imagen.php?idn=84922&idf=2
https://boletinoficialpdf.buenosaires.gob.ar/util/imagen.php?idn=84922&idf=3