DECRETO N° 1.523
Aprueba proyecto de convenio marco y modelo de acuerdo específico de asistencia técnica a celebrarse con la Universidad Nacional de General San Martín
Buenos Aires, 5 de octubre de 2005.
Visto, el Expediente N° 44.652/05; y,
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita un proyecto de convenio marco a celebrarse entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Universidad Nacional de General San Martín (UNSAM);
Que el citado convenio tiene por objeto desarrollar actividades de cooperación institucional y asistencia técnica destinadas al desarrollo de programas conjuntos, a través de cursos, seminarios, conferencias, estudios, investigaciones, transferencia de tecnología, asistencia técnica y/o asesoramiento;
Que en el marco del proyecto "Incorporación de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación al Proceso Electoral", y con motivo de las elecciones legislativas de octubre de 2005, la Dirección General Electoral, de la Subsecretaría de Relaciones Políticas e Institucionales, dependiente de la Secretaría Jefe de Gabinete del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, implementará una prueba piloto de voto electrónico;
Que el objetivo de la prueba piloto es generar un conjunto de herramientas para evaluar de forma sistemática cuál de las distintas opciones tecnológicas actualmente existentes para la emisión electrónica del voto, es la más adecuada a las características sociodemográficas e institucionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, se buscará analizar el potencial impacto a nivel socio cultural, jurídico, económico y tecnológico de la incorporación del voto electrónico, así como la factibilidad de esta incorporación en términos de costos, recursos humanos disponibles y de tecnología existente;
Que a fin de brindar una mayor transparencia al proceso electoral y posibilitar una gestión más eficaz y eficiente de la administración electoral, la Dirección General Electoral, consideró pertinente celebrar un acuerdo específico de asistencia técnica con estudiantes y/o maestrandos de la maestría en antropología social de la Universidad Nacional de General San Martín (UNSAM);
Que el objeto general del acuerdo específico mencionado consiste en la realización de un trabajo de campo etnográfico sobre los efectos socio culturales de la introducción de nuevas tecnologías en el proceso electoral, durante la prueba piloto de voto electrónico;
Que asimismo, cabe resaltar, que la Universidad Nacional de San Martín es una institución de reconocido nivel académico, único establecimiento que dicta la maestría de antropología social en el ámbito de la provincia de Buenos Aires;
Que por ello, los estudiantes y/o maestrandos de la maestría en antropología social de la Universidad de San Martín tienen la capacidad de realizar un aporte importante a proyectos como el de la prueba piloto de voto electrónico a través de los conocimientos por ellos adquiridos en la observación etnográfica que servirá de insumo para la evaluación cualitativa de la prueba piloto;
Que la implementación del citado acuerdo específico de asistencia técnica permitirá dotar a la Dirección General Electoral de personas idóneas para el cumplimiento de sus objetivos y funciones y lograr al mismo tiempo el desarrollo de los asistentes técnicos, otorgándoles la oportunidad de llevar a la práctica los conocimientos adquiridos;
Que dicho acto administrativo se regirá por la modalidad de contratación directa que se encuadra en los términos del artículo 56, inciso 3°, apartado i) de la Ley de Contabilidad;
Que el régimen de asistencia técnica no creará ningún otro vínculo para el asistente más que el existente entre el mismo y la Universidad, no generando relación jurídica alguna con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud de lo expuesto, resulta conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobar el proyecto de convenio marco así como el proyecto de acuerdo específico de asistencia técnica;
Que es dable destacar que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debida intervención que le compete en virtud de lo establecido en la Ley N° 1.218 (B.O. N° 1850);
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias (artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1° - Apruébanse, el proyecto de convenio marco y el modelo de acuerdo específico de asistencia técnica, a celebrarse con la Universidad Nacional de General San Martín, los que obran como Anexo I y II y forman parte integrante del mismo.
Artículo 2° - Facúltase al señor Jefe de Gabinete a suscribir el convenio marco cuyo proyecto se aprueba por el artículo precedente y delégase en el titular de la Dirección General Electoral la celebración del acuerdo específico de asistencia técnica mencionado.
Artículo 3° - El presente decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 4° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Secretaría Jefe de Gabinete, la que comunicará lo resuelto en el presente acto administrativo a la Universidad Nacional de San Martín, y una vez suscripto el convenio en cuestión deberá dar intervención a la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires en cumplimiento de lo establecido en el Decreto N° 8.258/87 de la ex-MCBA (A.D. 221.26); y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General Electoral. Cumplido, archívese. IBARRA - Albamonte - Fernández
ANEXO I (Ver BOCABA Nº 2297 del 17-10-2005)
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ANEXO II (Ver BOCABA Nº 2297 del 17-10-2005)
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