Buenos Aires, 07 de abril de 2016
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Desaféctase de su actual
Distrito de Zonificación R2bl, las parcelas ubicadas en Baigorri N° 15, Baigorri
N° 21/43, Av. Caseros 1830, Av. Caseros 1828 y Av. Caseros 1816.
Artículo 2°.- Aféctanse la Parcelas 1b, 2b,
3b, 4b y 32 a, Manzana 26, Sección 16, Circunscripción 3 al Distrito E 4,
Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano, con destino al Hospital
Británico, según lo graficado en el Plano que como Anexo I, a todos los efectos
forma parte de la presente.
Artículo 3°.- Apruébanse las Normas
Urbanísticas que como Anexo II
Artículo 4°.- Modifícase el Parágrafo 5.4.3.4
Distrito E 4 – Equipamiento Especial del Código de Planeamiento Urbano en su
punto 5) Enumeración, incorporando este Distrito E4 - 29 “Hospital Británico“
las Parcelas 1b, 2b, 3b, 4b, 32a, Manzana 26, Sección 16, Circunscripción 3, al
Distrito E4 según lo especificado en los Artículos 1°, 2° y 3° de la presente
Ley.
Artículo 5°.- Modifícanse las Panchetas N° 18
y 24 de los Planos de Zonificación del Atlas del Código de Planeamiento Urbano
de acuerdo a lo establecido en la presente Ley.
Cláusula Transitoria: El Hospital Británico se
obliga a celebrar con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el
plazo de 90 (noventa) días desde la promulgación de la presente ley, un Convenio
en el cual se establezcan los servicios de diagnóstico y/o tratamiento; de
capacitación y formación que serán brindados en forma gratuita por la
Institución.
Artículo 6°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 5.512
Sanción: 07/04/2016
Promulgación: Decreto Nº 283/016 del 27/04/2016
Publicación: BOCBA N° 4882 del 13/05/2016
El Anexo I de la presente Ley fue publicado en
la Separata del BOCBA N° 4882 del 13/05/2016.
ANEXO II
5.4.3.4 Distrito E4 - Equipamiento Especial 6) Normas Especiales Distrito E4 29 -
"Hospital Británico"
1. Carácter: Predio destinado a la localización del Hospital
Británico.
2. Delimitación: Según Plano de Zonificación.
3. Estructura
Parcelaria: No se admite la subdivisión.
4. Factor de Ocupación del Suelo:
60%. En el espacio libre de edificaciones, graficados en el Plano 5.4.3.4 E4
-29, deberá resguardarse un 30% como suelo absorbente, el que podrá
materializarse a nivel +/-0.00. y/o en terrazas verdes, Artículo 5.10.4 del
Código de Edificación. Los espacios libres se mantendrán parquizados.
5.
Tipología Edilicia: Edificios de Perímetro Libre de altura limitada.
6. Plano
Límite: las edificaciones no podrán superar un plano límite de 35m a contar
desde la cota +/- 0.00. Por sobre el Plano Límite solo podrán sobresalir antenas
para uso exclusivo del hospital, pararrayos y conductos, balizamientos cuando
sean por autoridad técnica competente, chimeneas y parapetos de azoteas.
7.
Accesos
Peatonales: Av. Caseros y Perdriel
Emergencias: Baigorri
Carga
y Descarga: Finochietto
Estacionamiento Vehicular: Av. Caseros, Perdriel y
Baigorri.
8. Usos
Uso principal
- Hospital. Resolución SEC N° 2395/80. Resolución M. N° 423/87 MsyAS.
Usos
Complementarios y de servicios de apoyo al uso principal.
- Oficinas complementarias del uso principal.
- Restaurante, confitería, café, bar, servicios de alimentación. Elaboración
de comidas preparadas para congelar.
- Alquiler de artículos, elementos y prótesis para la prestación de servicios
de traumatología y ortopedia.
- Institutos educativos universitarios relacionados con el uso principal, con
laboratorio de investigación.
- Hospedaje para residentes.
- Auditorio y Salón de Conferencias.
- Servicios Personales.
- Farmacia.
- Instalaciones para el tratamiento y resguardo de los residuos patogénicos y
toda otra que resulte necesaria para el desarrollo del uso principal.
9. Requerimientos de Estacionamiento Vehicular.
Uso
principal: Hospital, se destinarán un total de 193 módulos para estacionamiento
vehicular.
Usos Complementarios: Deberán cumplimentar con los requerimientos
de estacionamiento previstos en el Cuadro de Usos 5.2.1, los que podrán ser
localizados en parcelas del entorno hasta 150m.
10. Requerimientos de Carga y
Descarga.
Uso principal: Se destinarán a carga y descarga un total de 4
módulos de 30m2 cada uno y el espacio necesario para maniobras.
Usos
Complementarios: Cumplirá el 50% de los requerimientos de estacionamiento y
carga y descarga previstos para cada actividad en el Cuadro de Usos N° 5.2.1,
los que podrán ser localizados en parcelas del entorno hasta
150m.