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Inicio - Derechos - Código de Planeamiento Urbano - d) Afectaciones y Desafectaciones
 
Código de Planeamiento Urbano
d) Afectaciones y Desafectaciones

LEY N° 2.308

Sanción: 19/04/2007

Promulgación: Decreto N° 699/007 del 15/05/2007

Publicación: BOCBA N° 2688 del 21/05/2007

Buenos Aires, 19 de abril de 2007.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Desaféctase del Distrito I1 (Industrial Uno) de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, la Parcela 40 de la Manzana 2T, Sección 44, Circunscripción 1, Frentista a la Av. Perito Moreno, entre la Av. Francisco Fernández de la Cruz y la calle Presidente Torres y Tenorio.

Artículo 2°.- Aféctase la parcela 40 citada en el artículo 1°, al Subdistrito U31a) del Distrito U31 de zonificación del citado código, parágrafo 5.4.6.32.

Artículo 3°.- Modifícase la Plancheta N° 23 de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la presente ley.

Artículo 4°.- Sustitúyase en el Atlas del Código de Planeamiento Urbano, el Plano 5.4.6.32a) Distrito U31, el que como Anexo I forma parte de la presente ley.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

SANTIAGO DE ESTRADA

ALICIA BELLO

Nota: El Anexo de la presente ley fue publicado en el BOCBA Nº 2688 del 21/05/2007.

 




 

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