LEY N° 68
Sanción: 20/08/1998
Promulgación: Decreto N° 1832/98 del 17/09/1998
Publicación: BOCBA N° 540 del 30/09/1998
Buenos Aires, 20 de agosto de 1998.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Aféctase a distrito de zonificación Area de Protección Histórica - APH, a la manzana delimitada por las calles Freire, Echeverría, Sucre y vías del Ferrocarril General Mitre, de esta Ciudad.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo elaborará dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, en los términos de la Ordenanza Nº 45.517, las normas correspondientes para dar cumplimiento a la presente, determinándole el grado de protección en el Código de Planeamiento Urbano, artículo 10.1.3.2 protección especial con el objetivo de preservar las características edilicias y ambientales.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
ANIBAL IBARRA
MIGUEL ORLANDO GRILLO