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Inicio - Derechos - Código de Planeamiento Urbano - d) Afectaciones y Desafectaciones
 
Código de Planeamiento Urbano
d) Afectaciones y Desafectaciones

LEY N° 68

Sanción: 20/08/1998

Promulgación: Decreto N° 1832/98 del 17/09/1998

Publicación: BOCBA N° 540 del 30/09/1998

                                                         Buenos Aires, 20 de agosto de 1998.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Aféctase a distrito de zonificación Area de Protección Histórica - APH, a la manzana delimitada por las calles Freire, Echeverría, Sucre y vías del Ferrocarril General Mitre, de esta Ciudad.

Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo elaborará dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, en los términos de la Ordenanza Nº 45.517, las normas correspondientes para dar cumplimiento a la presente, determinándole el grado de protección en el Código de Planeamiento Urbano, artículo 10.1.3.2 protección especial con el objetivo de preservar las características edilicias y ambientales.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

ANIBAL IBARRA

MIGUEL ORLANDO GRILLO

 




 

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