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Inicio - Derechos - Código de Planeamiento Urbano - e) Catalogación
 
Código de Planeamiento Urbano
e) Catalogación

Buenos Aires, 02 de junio de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar“ , en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble ubicado en la calle Charcas 2529, Sección15; Manzana 136; Parcela 024.

Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, asentará en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1°.

Artículo 4°.- La ficha de Catalogación N° 015-136-024 forma parte de la presente Ley como Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.550

Sanción: 02/06/2016

Promulgación: Decreto Nº 381 del 28/06/2016

Publicación: BOCBA N° 4914 del 01/07/2016

El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 4914 del 01/07/2016.




 

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