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Inicio - Derechos - Código de Planeamiento Urbano - e) Catalogación
 
Código de Planeamiento Urbano
e) Catalogación

LEY N° 3.550

Sanción: 02/09/2010

Promulgación: De Hecho del 24/09/2010

Publicación: BOCBA N° 3521 del 08/10/2010

                                       Buenos Aires, 02 de setiembre de 2010.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección “Cautelar“, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Juncal 1319; asentado en la Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 49, parcela 19ª, Comuna 1.

Artículo 2º.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1º al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo asentará en la documentación catastral correspondiente la catalogación establecida por el Art. 1º.

Artículo 4º.- La ficha de catalogación 7-049-019A, que constituye el Anexo I, forma parte a todos sus efectos de la presente Ley.

Artículo 5º.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ

Nota: El Anexo I de la presente Ley fue publicado en la Separata del BOCBA N° 3521 del 08/10/2010




 

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