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Inicio - Derechos - Código de Planeamiento Urbano - e) Catalogación
 
Código de Planeamiento Urbano
e) Catalogación

Buenos Aires, 27 de junio de 2013

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Catalógase con Nivel de Protección "Estructural" en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 “Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en la calle Ituzaingó 846, Nomenclatura Catastral: Sección 08, Manzana 005, Parcela 004A.

Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el Artículo 1° al Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previsto en el Capitulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo deberá asentar la catalogación establecida por el Artículo 1° en la Documentación Catastral correspondiente.

Artículo 4°.- La ficha de Catalogación N° 08-005-004A forma parte de la presente Ley como Anexo I.

Artículo 5°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.609

Sanción: 27/06/2013

Promulgación: De Hecho del 23/07/2013

Publicación: BOCBA N° 4205 del 31/07/2013

 Anexo publicado en la Separata del BOCBA N° 4205 del 31/07/2013




 

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