Bs. As., 30/3/1982
VISTO la situación existente en las Islas Malvinas, Georgias y Sandwichs del Sur,
LA JUNTA MILITAR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — En el supuesto de situaciones que afecten a la Seguridad Nacional, el Poder Ejecutivo Nacional podrá constituir Teatros de Operaciones y Gobernaciones Militares y designar a los respectivos Comandantes y Gobernadores Militares en cualquier jurisdicción del territorio nacional, previa resolución del Comité Militar.
ARTICULO 2º — Derógase el artículo 33 de la ley 16.970.
ARTICULO 3º — La presente Resolución será publicada de ser considerado necesario por el Comité Militar. En caso contrario su texto se dará a conocer a quienes sean responsables de su cumplimiento.
Firmas