LEY N° 2.350
Sanción: 28/06/2007
Promulgación: Decreto Nº 1.006/007 del 19/07/2007
Publicación: BOCBA N° 2732 del 25/07/2007
Buenos Aires, 28 de junio de 2007.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Instáurese la Exposición Permanente del Arte del Fileteado Porteño que funcionará en el local del Museo de la Ciudad, Defensa 217.
Artículo 2°.- Realícese anualmente un concurso para los artistas del fileteado que residan en la Ciudad de Buenos Aires, estableciéndose un premio adquisición.
Artículo 3°.- El Ministerio de Cultura designará un curador de la exposición y un jurado para el concurso anual. Dicho jurado estará integrado por tres personas con especial conocimiento del arte del filete y durará en funciones sólo por un concurso, debiendo designarse un nuevo jurado cada año. Los cargos serán ad honorem.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO