Buenos Aires, 20 de agosto de 1998.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º - La Ciudad de Buenos Aires adhiere al Año Internacional de las Personas de Edad declarado por la Organización de Naciones Unidas el año 1999.
Artículo 2º - Comuníquese, etc.
ANIBAL IBARRA
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 57
Sanción: 20/08/98
Promulgación: Decreto Nº 1833/98 del 17/09/98
Publicación: BOCBA N° 538 del 28/09/98