Buenos Aires, 17 de setiembre de 1998.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º- Institúyase el 10 de marzo de cada año como el "Día del Fomentista"
Artículo 2º - Comuníquese, etc.
ANIBAL IBARRA
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 76
Sanción: 17/09/98
Promulgación: Decreto N° 2123 del 14/10/98
Publicación: BOCBA N° 555 del 22/10/98