Buenos Aires, 7 de octubre de 1999.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º - Créase una Comisión de Homenaje al Tte. Gral. Juan Domingo Perón, tres veces elegido Presidente Constitucional de los Argentinos, al cumplirse este año veinticinco años de su fallecimiento.
Artículo 2º - La misma tendrá por objeto realizar todas las acciones conducentes a convenir con el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la ley 23.452 que el monumento al Tte. Gral. Juan Domingo Perón sea emplazado en la actual Plaza del Correo de la Ciudad de Buenos Aires, sita en el nacimiento de la calle que lleva su nombre y próximo a la intersección con la Avda. Leandro N. Alem, coincidiendo también en esto, con el espíritu de unidad nacional.
Artículo 3º - La Comisión de Homenaje al Tte. General Juan Domingo Perón, estará constituida por cinco(5) diputados de la Ciudad de Buenos Aires y contará para su tarea con la asistencia de una Comisión Asesora Ad- Honorem integrada por un amplio espectro de vecinos que representen las distintas creencias políticas, religiosas y las distintas actividades con que se conforma el crisol de la sociedad porteña.
Artículo 4º - La ciudad de Buenos Aires contribuirá, a través de una partida presupuestaria específica a la construcción de dicho monumento, por un monto a estipular en el convenio mencionado en el artículo 2º.
Artículo 5º - La Comisión de Homenaje al Tte. Gral. Juan Domingo Perón procurará que al pie del monumento figure la frase "Para un Argentino no hay nada mejor que otro Argentino, que expresa el espíritu de Unidad Nacional con que el Tte. Gral. Juan Domingo Perón regresó a la Patria tras su exilio de dieciocho años.
Artículo 6º - Comuníquese, etc.
EDUARDO JOZAMI
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 263
Sanción: 23/09/99
Promulgación: De Hecho del 26/11/99
Publicación: BOCBA N° 836 del 09/12/99