Buenos Aires, 23 de marzo de 2000.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Declárase el 24 de Marzo de cada año como el Día de la Memoria en homenaje a todas las personas que sufrieron persecuciones, encarcelamientos, torturas, muerte o desaparición durante la represión llevada a cabo por el terrorismo de Estado.
Artículo 2°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires arbitrará los medios para que el 24 de marzo de cada año se proceda a izar a media asta la Bandera Nacional en los establecimientos educativos y en los edificios oficiales de su dependencia.
Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad, a través de la Secretaría de Educación, incluirá el 24 de marzo de cada año en el calendario escolar de los distintos niveles el dictado de clases alusivas a los golpes de Estado y a la consecuente ruptura del orden constitucional y la violación de los Derechos Humanos, fortaleciendo los valores del sistema democrático y sus instituciones.
Artículo 4°.- La Secretaría de Educación y la Dirección de Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aportarán material relacionado con las clases a que se hace referencia en el artículo anterior, adecuado a los distintos niveles del sistema educativo.
Artículo 5°.- Comuníquese, etc.
CRISTIAN CARAM
RUBÉN GÉ
LEY N° 355
Sanción: 23/03/2000
Promulgación: Decreto Nº 552 del 18/04/2000
Publicación: BOCBA N° 935 del 04/05/2000