Buenos Aires, 02 de julio de 2009
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Institúyase la Semana de Prevención del embarazo adolescente no planificado y el 26 de Septiembre de cada año como "Día de la Prevención del
embarazo adolescente no planificado" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- En la semana del 26 de septiembre se llevarán a cabo una serie de actividades preventivo-educativas, sobre el embarazo adolescente no planificado.
Artículo 3º.- La campaña preventiva-educativa, deberá ser de llegada masiva para poder cumplir con el objetivo final que es educar y prevenir a la población sobre esta temática. Para ello la autoridad de aplicación deberá implementar las medidas conducentes a cumplir con este objetivo.
Artículo 4º.- La campaña preventiva-educativa se ejecutará mediante acciones de difusión y distribución de folleteria en la vía pública, centros asistenciales públicos, centros de salud, escuelas, universidades, defensorías zonales dependientes del Consejo de los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes.
Artículo 5º.-La campaña integral sobre la concientización del embarazo adolescente no planificado será implementada por el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 6º.- Los gastos que demande el presente se imputarán a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.091
Sanción: 02/07/2009
Promulgación: De Hecho del 03/08/2009
Publicación: BOCBA N° 3277 del 13/10/2009