Buenos Aires, 26 de noviembre de 2009
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Establécese la semana del 29 al 3 de abril de cada año como “Semana de Lucha contra la Trata de Personas“ en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de reconocer y difundir esta problemática social.
Artículo 2°.- A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propiciará acciones de concientización, difusión y prevención de esta problemática.
Artículo 3°.- Se dispondrá a los fines de la presente Ley, la realización de actividades de divulgación y promoción dirigidas a la población en general, la difusión de la legislación en la materia, así como los recursos con que cuente la ciudad para la asistencia y reinserción de las víctimas y las acciones que se desarrollaran en el transcurso del año en el marco de la Ley 2781.
Artículo 4°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI
CARLOS PÉREZ
LEY N° 3.262
Sanción: 26/11/2009
Promulgación: Decreto N° 1.153 del 29/12/2009
Publicación: BOCBA N° 3334 del 06/01/2010