Jueves 18 de abril de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Mediación y Arbitraje - Mediación
 
Mediación y Arbitraje
Mediación

Buenos Aires, 21 de octubre de 2013


VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 3, Ley 1777, Decreto CABA N° 173/13, la Disposición N° 98-DP-13, el Acta Acuerdo MPF y DP N° 1 suscripta el 30 de abril de 2013, el acto eleccionario del 10 de julio de 2011, la Actuación Interna N° 22354/12 del Registro de Actuaciones del Ministerio Público Fiscal, las Resoluciones FG N°1/10, FG N° 162/13 y 356/FG/13.


Y CONSIDERANDO QUE:

En el acto eleccionario del 10 de julio de 2011, 1553 votos fueron emitidos en una comuna que no correspondía al domicilio del elector. Por Actuación Interna N° 22354/12 del Registro de Actuaciones del Ministerio Público Fiscal se procedió en primer término al registro de todos aquellos casos en el sistema de gestión de investigaciones judiciales del Ministerio Público Fiscal para el fuero Penal, Contravencional y de Faltas frente a la posible comisión del delito previsto por el art. 139, inc. d) del Código Nacional Electoral.

Posteriormente, los casos fueron derivados para su juzgamiento a la justicia de primera instancia, por lo que se dio intervención a las Unidades Fiscales del fuero Penal, Contravencional y de Faltas, de acuerdo a lo establecido por los arts. 17, inc. 3° y 35 de la Ley 1903, mediante el dictado de la Resolución FG N° 162/13.

Por Resolución FG N° 356/13 y habida cuenta de la vocación y competencia de laDefensoría del Pueblo de la CABA en participar en los procesos penales seguidosante la posible violación de los preceptos del Código Nacional Electoral, a fin decontribuir a través de medios alternativos a la resolución del conflicto a través de lasmedidas alternativas que el mismo prevé (art. 204, inc.2do, CPP), el señor Fiscal General estableció que en los casos penales seguidos por presunta infracción al art. 139 d) del Código Electoral, referidos exclusivamente a la emisión del voto fuera de la comuna correspondiente, los fiscales podrían instrumentar el instituto de la mediación penal dando intervención a la Defensoría del Pueblo a fin de que intervenga en la búsqueda de solución al conflicto con los imputados.

A efectos de lograr dicho cometido, es propicio proceder a la designación de los mediadores intervinientes en los casos a los que se dará apertura quienes serán designados con carácter Ad Hoc y a ese sólo efecto, a través de una selección conforme sus antecedentes de los registros obrantes en el Área de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.

La Dirección General Secretaria Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete.

POR ELLO:

LA DEFENSORA DEL PUEBLO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


DISPONE:

Artículo 1°.- Desígnese al equipo de mediadores externos de los registros obrantes en el Área de Acceso a la Justicia y Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, de esta Defensoría del Pueblo, que llevarán a cabo las mediaciones penales en relación a las presuntas infracciones al artículo 139 d) del Código Electoral referidos exclusivamente a la emisión del voto fuera de la comuna correspondiente, en las elecciones del 10 de julio de 2011, conforme los alcances de la Resolución N° 356/FG/13 y Disposición N° 98-DP-2013.

Artículo 2°.- Pase a la Dirección General Técnica Administrativa para su intervención.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la página de internet de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notificar a los interesados y oportunamente archivar.

Pierini


ANEXO I



DISPOSICIÓN Nº 99/13

LISTADO DE MEDIADORES Y ARBITROS QUE REALIZARAN MEDIACIONES ELECTORALES. Resolución FG 305/13 y Disposición Nº 98-DP-13


Dra. Bargiela, Ana María LC. 5.488.490

Dra. Biondi, María Paula DNI. 22.781.180

Dra. Cagnones, Ana María DNI. 10.067.100

Dr. Corazza, Gustavo Carlos DNI. 17.115.512

Dra. Coccaro, María Inés DNI. 10.076.506

Dra. Dellacqua, Mabel DNI. 11.026.537

Dr. Duarte Felipe DNI. 7.554.543

Dra. Arborno, Gladis DNI. 11.812.936

Dr. Romero Emilio DNI. 7.762.934

Dra. Rodríguez Silvia Inés DNI. 11.176.404

Dra. Veracierto, Patricia DNI. 12.498.777












 

www.ciudadyderechos.org.ar