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Inicio - Derechos - POE - Normas Nacionales
 
POE
Normas Nacionales

BUENOS AIRES, 4 de Diciembre de 2003.

(BOLETIN OFICIAL, 06 de Enero de 2004 )
Vigentes

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1 - NOTA DE REDACCION (MODIFICA CODIGO ELECTORAL)

Modifica a:
Código Electoral Art. 94
INCORPORA ULTIMO PARRAFO

ARTICULO 2 - NOTA DE REDACCION (MODIFICA CODIGO ELECTORAL)

Modifica a:
Código Electoral Art..75
INCORPORA INCISO D

ARTICULO 3 - NOTA DE REDACCION (MODIFICA CODIGO ELECTORAL)

Deroga a:
Código Electoral Art. 3
DEROGA INCISOS D),H),J) Y K

ARTICULO 4 - NOTA DE REDACCION (MODIFICA CODIGO ELECTORAL)

Modifica a:

Código Electoral Art. 3
INCORPORA ARTICULO

ARTICULO 5 - La norma del artículo anterior entrará en vigencia a partir de su reglamentación por el Poder Ejecutivo nacional, la que deberá dictarse en el plazo máximo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la publicación de la presente.

ARTICULO 6 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FIRMANTES

CAMAÑO-SCIOLI-Rollano-Estrada.

ARTICULO 3 - NOTA DE REDACCION (MODIFICA CODIGO ELECTORAL)

Deroga a:
Código Electoral Art. 3
DEROGA INCISOS D),H),J) Y K

ARTICULO 4 - NOTA DE REDACCION (MODIFICA CODIGO ELECTORAL)

Modifica a:

Código Electoral Art. 3
INCORPORA ARTICULO

ARTICULO 5 - La norma del artículo anterior entrará en vigencia a partir de su reglamentación por el Poder Ejecutivo nacional, la que deberá dictarse en el plazo máximo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la publicación de la presente.

ARTICULO 6 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FIRMANTES

CAMAÑO-SCIOLI-Rollano-Estrada.






 

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