Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de diciembre de 2024
ACORDADA N° 01/2024
TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Referencia: Establece pautas de funcionamiento para el Tribunal Electoral para el año 2025.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 13 días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro, se reúne en Acuerdo el Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrado por su Presidente, el señor Juez Dr. Roberto Carlos Requejo, y sus Vocales, la señora Jueza Dra. Romina Tesone y el señor Juez Dr. Rodolfo Ariza Clerici. Abierto el acto,
Consideran:
1. Que, el Tribunal Electoral tiene competencia en materia electoral en el ámbito del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ejerce la jurisdicción electoral que la Ley le asigna en todo el territorio de la Ciudad (cfr. art. 22 de la Ley 6031 —texto consolidado por la Ley 6588—).
2. Que, a la luz del proceso electoral del año entrante, corresponde establecer ciertas pautas de funcionamiento para este Tribunal Electoral en ejercicio de las atribuciones que le corresponden para dictar las reglas necesarias para el cumplimiento de las normas que rigen las materias propias de su competencia (cfr. art. 25, inc. 21, de la referida Ley 6031).
3. Que, en primer término, cabe recordar que, por conducto de la resolución CMCABA 42/2017, el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció la obligatoriedad del sistema de Gestión Expediente Judicial Electrónico (EJE) con todas sus funcionalidades en el ámbito jurisdiccional del Poder Judicial de la Ciudad. A su turno, mediante la resolución CMCABA 19/2019, dispuso el uso obligatorio del referido sistema de Gestión Expediente Judicial Electrónico (EJE) en los tribunales de primera y segunda instancia del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires y para todas las personas que tramiten causas ante aquellos.
4. Que, en función de lo anterior, corresponde ordenar la formación en el sistema EJE del expediente caratulado "Elecciones año 2025" a fin de dar trámite a las actuaciones correspondientes al proceso electoral del próximo año.
5. Que, asimismo, corresponde autorizar el trabajo remoto del Presidente y Vocales del Tribunal Electoral como así también de la totalidad de la planta de funcionarios/as del Tribunal. En tal orden, cabe disponer que, en caso de ser necesario durante el proceso electoral 2025, su Presidente y Vocales puedan suscribir resoluciones, acordadas y providencias, participar de actos de modo virtual y realizar cualquier actuación en el ámbito de sus funciones, deberes y facultades de manera remota y desde cualquier punto del país o desde el exterior, a través de las plataformas digitales. En este sentido, y considerando la proximidad de la feria estival, resulta indispensable adoptar medidas que garanticen la continuidad operativa del Tribunal, especialmente frente a una eventual convocatoria a elecciones. A todo evento, se aclara que esta autorización involucra incluso la habilitación de días y horas inhábiles, la habilitación de feria y las licencias solicitadas, las que podrán ser dejadas sin efecto a tales fines mediante la mera posterior comunicación al Consejo de la Magistratura.
El Presidente del Tribunal arbitrará los medios administrativos con el mentado órgano a los fines de implementar las previsiones que anteceden.
6. Que, adicionalmente, corresponde establecer que todas las acordadas y resoluciones de carácter general de este Tribunal Electoral se tendrán por notificadas con su publicación en el sitio web del tribunal (https://electoralcaba.gob.ar/).
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 25 y concordantes de la Ley 6031 (texto consolidado por Ley 6588),
EL TRIBUNAL ELECTORAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ACUERDA:
1. Ordenar la formación en el sistema EJE del expediente caratulado "Elecciones año 2025" a fin de dar trámite a las actuaciones correspondientes al proceso electoral del año siguiente, en los términos del considerando 4 de la presente.
2. Autorizar el trabajo remoto del Presidente y Vocales del Tribunal Electoral y de los/as funcionarios/as y encomendar al Presidente del Tribunal Electoral que arbitre los medios administrativos necesarios con el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires a fin de implementar lo estipulado en el considerando 5.
3. Establecer que todas las acordadas y resoluciones de carácter general del Tribunal Electoral se tendrán por notificadas con su publicación en el sitio web institucional (https://electoralcaba.gob.ar/).
Regístrese mediante protocolo digital, póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires y publíquese en el sitio web del Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (https://electoralcaba.gob.ar).
Firmado digitalmente:
Roberto Carlos Requejo, Juez, Tribunal Electoral
Romina Lilian Tesone, Jueza, Tribunal Electoral
Rodolfo Ariza Clerici, Juez, Tribunal Electoral