Ciudad autónoma de Buenos Aires, 25 de octubre de 2018
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sanciona con fuerza de Ley
TÍTULO DECIMOSEGUNDO
NORMAS FINALES Y COMPLEMENTARIAS
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 296.- Supletoriedad. Procedimiento Aplicable. Son aplicables supletoriamente a las cuestiones procedimentales no previstas expresamente, las disposiciones del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, en cuanto resulten compatibles con las estipuladas en este plexo normativo.
Artículo 297.- Cómputo de los Plazos. Todos los plazos estipulados en este Código deben computarse en días corridos, salvo previsión expresa en contrario