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Inicio - Derechos - Digesto Normas Electorales - Acordadas (DNE)
 
Digesto Normas Electorales
Acordadas (DNE)

Tribunal Superior de Justicia C.A.B.A. Acordada Electoral 1/2011

Ref. Tribunal Superior de Justicia C.A.B.A. Acordada Electoral 1/2011.
Fecha: 4-

MAR-2011. - Cronograma electoral.

Acordada Electoral n°  1/2011

En  la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a  los 4 días del mes de marzo de dos mil once,  se  reúnen  en  Acuerdo  el  señor  Presidente  del  Tribunal  Superior  de Justicia,  Luis Francisco  Lozano  y  los  señores  Jueces Alicia E. C. Ruiz,  José O. Casás y Ana María Conde. Informados por presidencia de la cuestión que motiva el Acuerdo,

Consideran:

1.  Conforme  surge  del  art.  1° ,  ley  n°   3.233  —promulgada  por  decreto  n° 1.003/09—, el día 5 de junio del presente año habrá de realizarse elecciones para designar a  los  integrantes de  las Juntas Comunales establecidas por el art. 130, CCBA.

2. Tal como ha ocurrido para las elecciones de los años 2000, 2003, 2005, 2007 y 2009 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 113, inciso 6° , CCBA, compete al Tribunal ejercer  las  funciones que, conforme al Código Electoral Nacional, son propias de la Junta Electoral y de los jueces electorales. Todo ello en el marco "del "Convenio  de  Colaboración"  suscripto  el  27  de  febrero  de  2007  entre  el  Poder Judicial  de  la  Nación  —representado  por  la  Cámara  Nacional  Electoral  y  el Juzgado  Federal Electoral  de  la Capital  Federal—  el Gobierno  de  la Ciudad  de Buenos Aires, y este Tribunal.

3. La asignación al Tribunal de  la competencia electoral debe ser  interpretada de conformidad  con  lo  dispuesto  por  el  artículo  23  de  la  Ley  Orgánica  del  Poder Judicial  que  establece  las  facultades  y  deberes  de  la  Presidencia  del  Tribunal Superior de Justicia y con el art. 5 del Reglamento aprobado por Acordada nº 7 en cuanto admite la distribución de funciones administrativas entre la Presidencia y la Vicepresidencia.  Igualmente resulta conveniente garantizar a  los participantes del proceso electoral  la posibilidad de  recurrir ante el Tribunal  las decisiones que se adopten sólo por la Presidencia.

4. Las etapas del proceso electoral se ajustarán al cronograma que como Anexo integra esta Acordada. En cumplimiento de esos deberes, es necesario adoptar de inmediato  las medidas  que  no  admiten  demora,  entre  ellas,  las  necesarias  para proceder  a  la  exhibición  de  las  listas  provisionales  de  electores  (padrón provisorio). Por tal razón se requerirá al GCBA la instrumentación de la exhibición de  las  listas provisionales de electores nacionales y extranjeros —y  la publicidad pertinente  a  ese  fin—,  en  la web  del Gobierno  de  la Ciudad,  en  los Centros  de Gestión y Participación, y en cualquier otro lugar que considere apropiado a esos fines.

5.  Para  atender  las  erogaciones  por  contrataciones  de  bienes,  suministros  y personal necesarios para enfrentar todas las tareas que, de acuerdo con el Código Electoral, la ley de partidos políticos y las leyes n°  268, 334 y 1.777, competen al Tribunal en su doble carácter de juez y junta electoral, corresponde solicitar al Sr. Jefe de Gobierno la afectación pertinente de fondos.

Por ello,
el Tribunal Superior de Justicia,
acuerda:

1º.  La Presidencia  del Tribunal  adoptará  las medidas  que  sean  necesarias  para cumplir  con  las  etapas  del  proceso  electoral  en  el  ejercicio  de  la  competencia señalada  en  el  punto  2  de  los  fundamentos,  y  decidirá  todas  las  cuestiones de trámite e  interlocutorias vinculadas con dicho proceso, con excepción de  las que se enuncian en el punto 2.

2º. El Tribunal decidirá las cuestiones previstas en el Capitulo II del Título V y en el artículo 52 incs. 3, 4, 5 y 6, del CE; y en los artículos 26 y 27 de la ley n° 268.

3º. La Presidencia podrá encomendar a  la Vicepresidencia  la  intervención en su reemplazo  o  su  participación  conjunta  en  los  actos  y  audiencias  que  deban practicarse  cuando  así  lo  considere  conveniente  para  el  mejor  desarrollo  del proceso  electoral  o  cuando  razones  vinculadas  con  la  atención  de  los  demás asuntos  judiciales  y  administrativos  en  trámite  ante  el Tribunal  así  lo  aconsejen.

También podrá someter a consideración del pleno del Tribunal aquellas cuestiones que a su juicio justifiquen su decisión en forma colegiada, por su trascendencia.

4º. Las decisiones de la Presidencia y, en su caso, de la Vicepresidencia, sólo son impugnables mediante recurso de reposición, el que se regirá, en lo pertinente, por lo dispuesto en  los arts. 212 a 214 del CCAyT y será  resuelto por el Tribunal en pleno.

5º. Aprobar el cronograma electoral que, como Anexo I, integra esta Acordada.

6º. Solicitar al Gobierno  de  la Ciudad  que  instrumente  la exhibición  de  las  listas provisionales de  electores nacionales  y  extranjeros —y  que  realice  la  publicidad adecuada a esos fines— a través de su página web y de los Centros de Gestión y Participación, y de cualquier otro lugar que considere apropiado a esos fines.

7° . Solicitar al Sr. Jefe de Gobierno de  la Ciudad de Buenos Aires  la habilitación de una cuenta corriente a  la orden del Tribunal en el Banco de  la Ciudad, en  la que se depositarán únicamente  los  fondos aplicables al proceso electoral. Como anticipo el Tribunal deberá disponer de la suma de pesos tres millones quinientos mil ($3.500.000).

8º. Mandar que se registre, se ponga en conocimiento del Poder Ejecutivo y de la Legislatura de la Ciudad, del Ministerio Público Fiscal y de la Auditoría General de la Ciudad,  se  libren  los  oficios  correspondientes  y  se  publique  por  un  día  en  el Boletín Oficial.

Firmado: Lozano. Casás. Conde. Ruiz

Cronograma elección 5/6/2011

Anexo I

07/12/2010 Martes
Cierre de novedades para el padrón de electores Art.25 CE - Art. 10 ley 334

05/03/2011 Sábado
Inicio del plazo de exhibición, reclamos y tachas del padrón provisorio Arts. 26, 27 y 28 CE - Art. 10 Ley 334

19/03/2011 Sábado
Fin del plazo para reclamos y tachas del padrón provisorio Arts. 27 y 28 CE - Art. 10 ley 334

05/04/2011 Martes
Vence plazo para presentación de alianzas Art. 10 Ley 23.298

06/04/2011 Miércoles
Inicio la campaña electoral Art. 2 Ley 268

16/04/2011 Sábado
Vence plazo para registro de candidatos Art. 60 CE

05/05/2011 Jueves
Vence plazo para asignar lugares de votación Art. 77 CE

06/05/2011 Viernes
Vence el plazo para presentación de boletas Art. 62 y 64 CE

06/05/2011 Viernes
Inicio de  la exhibición  y  reclamos del padrón definitivo de electores Art. 30 CE  - Art. 10 Ley 334

16/05/2011 Lunes
Fin  del  plazo  para  efectuar  reclamos  del  padrón  definitivo  y  para  designar autoridades de mesa Art. 33 y 75 CE - Art. 10 Ley 334

21/05/2011 Sábado
Inicio de la publicidad de lugares de votación Art. 80 CE

03/06/2011 Viernes
8  hs.  Fin  de  la  campaña  electoral  Art.  2  Ley  268  8  hs  Inicio  veda  encuestas electorales Art. 5 Ley 268

05/06/2011 Domingo
8 a 18 hs Elección Art. 1°  ley n°  3.23321 hs. Fin veda encuestas electorales Art. 5 Ley 268

07/06/2011 Martes
18 hs. Vence plazo para protestas o reclamos Arts. 110 y 111 CE

08/06/2011 Miércoles
Inicio del escrutinio definitivo Art. 112 CE




 

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