Buenos Aires 15 de junio de 2000
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º: Dispónese la construcción de una escultura sobre un pedestal en homenaje al Dr. Arturo Umberto Illia, en reconocimiento a su lucha en defensa de la libertad, la justicia y la plena vigencia de la Constitución Nacional.
Artículo 2º: La escultura será emplazada en la calle Arroyo y la Avenida 9 de Julio, inicio de la autopista "Arturo Umberto Illia".
Artículo 3º: El Poder Ejecutivo llamará a concurso público de escultores argentinos a través de la Secretaría de Cultura, la que dictará los actos administrativos pertinentes, constituyendo un jurado para evaluar los proyectos que se presentan.
Artículo 4º: Autorízase a la Secretaría de Cultura a realizar una colecta pública a los efectos del cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.
CRISTIAN CARAM
RUBÉN GÉ
LEY N° 412
Sanción: 15/06/2000
Promulgación: Decreto N° 1088 del 17/07/2000
Publicación: BOCBA N° 994 del 28/07/2000