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Inicio - Derechos - Protección Patrimonio Cultural - Monumentos (PPC)
 
Protección Patrimonio Cultural
Monumentos (PPC)

Buenos Aires 27 de setiembre de 2001

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Emplácese en la acera correspondiente a la calle Bragado de la Plaza de los Mataderos, ubicada en la manzana delimitada por las calles Bragado, Timoteo Gordillo, Lisandro de la Torre y Tapalqué, una obra escultórica en recordación a Santiago Mainini, Reclús De Diago y Pascual Vuotto, quienes fueran víctimas del denominado "Proceso de Bragado".

Artículo 2º - Al pie del monumento se colocará una placa que deberá contener el nombre del autor de la obra, la fecha de la inauguración del monumento y la siguiente leyenda: "La Ciudad de Buenos Aires desagravia el nombre y la memoria de los obreros anarquistas Santiago Mainini, Reclús De Diago y Pascual Vuotto, quienes fueron víctimas de un proceso injusto y castigados por profesar culto al libre pensamiento y la justicia social".

Artículo 3º - El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires realizará un "Concurso de Ideas" de obras escultóricas a los efectos de elegir la obra ganadora que finalmente se emplazará en el lugar dispuesto en el Artículo 1º de la presente.

Artículo 4º - Los gastos que demande la implementación de la presente serán imputados al presupuesto en vigor.

Artículo 5º - Comuníquese, etc .

CECILIA FELGUERAS

JUAN MANUEL ALEMANY

LEY N° 666

Sanción: 27/09/2001

Promulgación: De hecho del 25/10/2001

Publicación: BOCBA N° 1314 del 08/11/2001




 

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