Buenos Aires 06 de diciembre de 2007
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
CAPÍTULO I. Creación y emplazamiento.
Artículo 1°.- Dispónese erigir un monumento en homenaje a las maestras estadounidenses que dejaron su país de origen entre 1868 y 1898 para trabajar en la formación integral de las docentes de nuestro país y contribuir a la formación del Sistema Educativo Nacional.
Artículo 2°.- El monumento mencionado en el artículo 1° se emplazará en el espacio verde correspondiente a la Circunscripción 21, Sección 98, Manzana 5K, Parcelas 1 y 2, hasta Avenida de los Italianos.
CAPÍTULO II. Concurso.
Artículo 3°.- Llámese a concurso público a los efectos de proceder a la selección del diseño del monumento.
Artículo 4°.- Se convoca a jóvenes escultores, arquitectos y diseñadores nacionales y extranjeros a participar del concurso para el monumento.
Artículo 5°.- De las pautas y condicionantes del diseño:
- La obra debe ser inédita y original.
- El material a emplearse será granito del Estado de Massachusetts de los Estados Unidos de América.
- La obra debe plasmar la actividad desarrollada por las maestras estadounidenses.
- Deberá cumplimentar cualidades de: funcionalidad, integración al entorno y estética.
- El monumento debe contener una placa con la siguiente inscripción:
"En homenaje a las jóvenes mujeres que dejaron su país de origen para cooperar en la promoción y desarrollo del sistema educativo argentino"
Allyn, Clara; Allyn, Frances; Armstrong, Clara Jeannette; Armstrong, Francis Gertrude; Armstrong, Minnie Burrowns; Atkinson, Florence; Atkinson, Sara; Avery, Bernice; Boyd, Sarah; Nicolay, De Caprile Emma; Choate, Antoinette; Collord, Margaret Louise; Conway, Mary Elizabeth; Coolidge, Elizabeth Boyer; Cook, Sara; Cross, Arvilla; Daniels, Louise; Dark, Rosa Ella; Doolittle, Annette; Doolittle, Lucy; Dudley, Anna; Dudley, Isabel; Dudley, Martha Graham de; Chamberlin de Ecclestone, Sarah; Ecclestone de Campbell, Emily; Gay, Teodora; Gay de Mcmillan, Mary; Gillies, Mary Ann; Gillies, Clara; Gorman, Mary Elizabeth; Graham, Mary Olstine; Grant, Catherine; Harrison, Sarah; Haven, Annette; Hill, Cora; Hill, Ione; Haven de Hodges, Laura; Howard, Jennie Eliza; Howe, Edith; Hunt, Jane; Jennes, Harriet; Kimball, Myra; King, Isabel; King, Rachel; Lobb, Sarah Eleanor; Morrow, Alcinda; Morse, Mary Olive; Nyman, Frances A.; Rice, Anna Ackley; Roberts, George Lane; Stevens, Mary Jeannette; Strong, Sarah; Tregent, Agnes; Wade, Susan; Wales, Amelia; Wales Ruth; Wall, Frances Angelina; Ward, Abigail Nancy; Wood, Serena Frances; Youmans, Mary J.
Artículo 6°.- El llamado a concurso deberá hacerse efectivo a los noventa (90) días de sancionada la presente ley.
Artículo 7°.- El Jefe de Gobierno definirá la autoridad de aplicación del concurso establecido en el artículo 3° de la presente.
Artículo 8°.- La autoridad de aplicación tendrá la función de establecer las bases y condiciones del concurso, de acuerdo a los criterios definidos en la presente ley.
CAPÍTULO III. Recursos.
Artículo 9°.- Los gastos que demande la presente ley se afectarán a la partida específica del Presupuesto General de Gastos y Recursos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 10.- La autoridad de aplicación podrá gestionar donaciones de terceros a efectos de dar cumplimiento con la presente ley.
Artículo 11.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO
LEY N° 2.605
Sanción: 06/12/2007
Promulgación: De Hecho del 16/01/2008
Publicación: BOCBA N° 2854 del 21/01/2008