Buenos Aires 09 de octubre de 2003
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Impónese el nombre de "Azucena Maizani" a la calle peatonal de 20 metros de ancho, según plano de zonificación y uso del suelo 5.4.6.12.b), y librada al uso público según servidumbre administrativa, ubicada entre las parcelas 1b y 1c, correspondientes a la Manzana 5G de Puerto Madero.
Artículo 2º.- Deróguese el Art. 11 de la Ordenanza Nro. 45.591.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
CECILIA FELGUERAS
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.122
Sanción: 09/10/2003
Promulgación: De Hecho del 07/11/2003
Publicación: BOCBA N° 1818 del 14/11/2003