Buenos Aires 08 de julio de 2004
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Denomínase "Eslovaquia" a los espacios verdes ubicados entre Donado, Quesada, Holmberg e Iberá.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 1.380
Sanción: 08/07/2004
Promulgación: Decreto Nº 1400 del 09/08/2004
Publicación: BOCBA N° 2005 del 18/08/2004