Buenos Aires 09 de septiembre de 2004
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Denomínase Dr. Florencio Escardó al espacio verde público ubicado en la intersección de las arterias Sánchez de Bustamante (acera impar) y Paraguay (acera par).
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
CARLOS SERAFIN PEREZ
LEY N° 1.455
Sanción: 09/09/2004
Promulgación: De Hecho del 12/10/2004
Publicación: BOCBA N° 2053 del 26/10/2004