Buenos Aires 28 de junio de 2007
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Denomínase "Eleodoro Marenco" a la plazoleta sin denominación oficial delimitada por las calles Yrupé, Cosquín, Amancay y Monte.
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
SANTIAGO DE ESTRADA
ALICIA BELLO
LEY N° 2.358
Sanción: 28/06/2007
Promulgación: Decreto Nº 1010 del 19/07/2007
Publicación: BOCBA N° 2733 del 26/07/2007