Buenos Aires 16 de julio de 2002
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Denomínase "Guillermo y Alfredo Barbieri" al espacio público comprendido entre las calles Luna, Los Patos, Montesquieu y Pedro Chutro.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
MARIA CECILIA FELGUERAS
JUAN MANUEL ALEMANY
LEY N° 840
Sanción: 16/07/2002
Promulgación: Decreto Nº 970 del 15/08/2002
Publicación: BOCBA N° 1511 del 26/08/2002